lunes, 23 de noviembre de 2015

Precauciones al cambiar de empresa: preaviso, carta, precontrato y finiquito



El cambio de empresa es algo delicado en el sentido de que intervienen 3 partes: el empleado, la empresa actual y la futura empresa. Hay tres sensibilidades a tener en cuenta. ¿Qué hay que tener presente ante un cambio de empresa:
Precontrato: las condiciones anunciadas o negociadas para la empresa que te contratará pueden ser definidas en un documento precontractual, anunciando una fecha para la firma del contrato definitivo y que recopile los acuerdos de la negociación para establecer la relación profesional. Es una formalidad que tiene una validez discutible pero resulta útil cuando la fecha de entrada a la nueva empresa no es inminente. En algunos casos se emite una "carta de compromiso" en lugar de este precontrato.
Forma de  aviso / preaviso de baja voluntaria / cese: por contrato, pacto de empresa, convenio sectorial o ET  el trabajador está obligado a avisar con antelación y por escrito de su intención de causar baja en la empresa. Este escrito debe incluir obligatoriamente datos del trabajador y fecha de firma. Es conveniente que la empresa firme una copia para poder justificar la existencia del preaviso para prever conflictos posteriores. Una forma elegante es colocar la frase “Ruego firmen copia para constancia”, invitando a quien sea a firmar o sellar la carta de baja voluntaria como “recibí” por parte de la empresa. Esta copia firmada es para el trabajador que se va, obviamente, por lo que conviene presentar 2 copias de la carta.
Plazo de preaviso o tiempo de preaviso de cese o baja voluntaria. El tiempo con el que hay que avisar a la empresa antes de causar baja voluntaria depende del contrato que con ella se haya establecido (mediante el contrato firmado, el pacto de empresa, el convenio colectivo o el ET, como he mencionado antes) y de la categoría profesional que se tiene: un peón no debe dar el mismo plazo de preaviso que un jefe de sección o un director de área. El plazo suele oscilar entre 2 semanas y 2 meses.
Acuerdos de confidencialidad: algunas empresas incluyen cláusulas en el contrato que evitan que se pueda saltar a otra empresa de la competencia. Esto se aplica, por ejemplo, a departamentos de I+D, donde sería tentador captar técnicos en desarrollo de formulaciones, por ejemplo. Conviene mirar detenidamente el contrato y estudiar estas cláusulas.
Plazos de amortización de formaciones específicas: hay personal que se forma dentro de la empresa y ésta asume todo o parte del coste de la formación del trabajador. En estos casos, para asegurar la fidelidad del trabajador se hace firmar un acuerdo que permite a la empresa solicitar al trabajador el coste de la formación realizada si éste decide dejar la empresa en los años siguientes a la terminación de la misma. Suelen tratarse períodos máximos de 2 años, en estos casos.
¿Y si no quiero o no puedo respetar el periodo de preaviso?
En el caso de que la incorporación al nuevo puesto deba ser inmediata simplemente hay que abonar a la empresa actual el precio de los días no trabajados, ya que es un tiempo que “se le debe”. En la práctica, esta cantidad se descuenta del finiquito (pago de la última nómina + las partes proporcionales de las vacaciones pendientes + la parte proporcional de las pagas extraordinarias pendientes), si es posible.
Me he encontrado casos en los que la empresa donde el trabajador va a entrar paga el coste del período de preaviso para procurarse incorporación inmediata del candidato escogido, pero no es lo habitual.
¿Y si se niegan a firmar la carta de cese voluntario?
En tal caso deberemos enviar un burofax a la empresa con la carta de cese. Éste permitirá justificar en el futuro la recepción y el contenido del documento que hemos hecho llegar a la empresa, así como la fecha de recepción.
Un ejemplo de carta de preaviso de cese voluntario del trabajador diría, además del lugar y la fecha:
Por la presente, yo, D.NOMBRE Y APELLIDOS DEL TRABAJADOR/A con DNI número XXXXXXXX informo a la empresa XXXXXXXXXXXX mi intención de causar baja voluntaria en la empresa a día de hoy, FECHA DE FIRMA.
Si se quiere ser más sofisticado se puede añadir el plazo de preaviso y fecha de cese, si se conoce:
Siendo el plazo de preaviso de X semanas, mi último día de trabajo en la empresa será el próximo XX/XX/XX
Y el “Ruego firma para constancia” que no falte, así como la firma del trabajador.
En muchos casos (éstos sí que son frecuentes) la empresa prefiere no seguir delegando responsabilidades a alguien que va a causar baja definitiva de forma voluntaria en fechas próximas, de forma que al entregar la carta la empresa puede decidir finalizar la relación contractual con el trabajador. Siendo así, el trabajador no dejará de recibir el salario del plazo de preaviso, si bien éste salario puede ser descontado de días de vacaciones pendientes con el posterior ajuste del finiquito.

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